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Cambiar de nombre un coche, es lo que se conoce normalmente como cambio de titularidad o transferencia de vehículo o compra venta de vehículo. Esta operación se produce siempre que hayamos comprado o hayamos vendido un coche ya matriculado, conforme a ello, es obligatorio comunicar este cambio de titular a la Dirección General de Tráfico (DGT).

 

¿Qué documentación se necesita en las transferencias de coches?

En las transferencias de vehículos necesitaremos la siguiente documentación:

  • Fotocopia DNI del comprador o vendedor.
  • Copia del CIF si fuera empresa.
  • Factura emitida por el propietario.

 

Como es natural, el cambio de titular se produce normalmente por una acción de compra / venta, por lo que este acto se debe plasmar siempre en un contrato al efecto, un contrato de compra venta de vehículo. No se debe hacer entrega del vehículo objeto de la venta sin que exista un contrato firmado entre comprador y vendedor donde se reflejen claramente las condiciones y obligaciones de la operación para ambas partes. En otras ocasiones y si el vehículo es vendido a un compraventa, es suficiente una factura de compra emitida al propietario en la que se incluya el CIF del comprador y sus datos.

 

 

¿Qué necesita el contrato compraventa vehículo?

Es muy importante que en el contrato de compraventa venga claramente especificada la hora en la cual se hace la transferencia del vehículo para poder reclamar o aclarar quién era el propietario y titular del vehículo por ejemplo si se impone una sanción o multa por velocidad detectada por radar fijo, o por ITV. Si no se cambia la titularidad del vehículo las multas y notificaciones de tráfico seguirán llegando al domicilio del antiguo propietario.

Por ello es bueno que se notifique por parte del comprador, que se ha hecho el cambio y la transferencia en tráfico concediendo para ello en el acto de la compraventa, por ejemplo, un plazo de 15 días para que proceda, transcurrido el plazo sin que se hubiera notificado el cambio de titular, el vendedor podrá dirigirse a la DGT a comunicar que ha vendido el vehículo, por ello es importante cómo preparar el contrato de compraventa o la factura y el resto de documentos.

 

Obligaciones del comprador en la transferencia de vehículos

El comprador, tiene la obligación de inscribir el vehículo a su nombre y hacer la transferencia del mismo, para ello necesitará además de los documentos mencionados anteriormente (contrato, factura y DNI vendedor), la documentación original del vehículo, permiso de circulación y Tarjeta Técnica de Inspección del vehículo, una vez tenga esto, deberá abonar el impuesto de transmisiones patrimoniales, modelo 620 o 621, cuyo importe se calcula aplicando un porcentaje en función del valor de la compraventa o factura en relación con la valoración de mercado según unas tablas,  aportando toda la documentación anterior y tendrá que abonar además las correspondientes tasas de tráfico de la DGT solicitando para ello cita previa y personándose en las dependencias de la DGT.

 

 

 

¿Cuál es el precio de la transferencia de un coche?

El porcentaje del impuesto de transmisiones patrimoniales, modelo 620 o 621, puede variar en las distintas comunidades autónomas. Todos estos trámites pueden ser realizados por nuestra gestoría de tráfico  Bigler Abogados & Asesores, evitando desplazamientos y esperas, entregando la documentación en su nombre y tramitando la transferencia vía telemática con la DGT.