Estamos en los últimos coletazos del verano y aún seguimos recordando los buenos momentos pasados y, sobre todo, si somos de los que utilizamos el calzado veraniego por excelencia, seguiremos usando las chanclas.
En muchísimas ocasiones, hemos cogido el coche para ir un momento a comprar algo, o hacer un recado y hemos ido con lo puesto sin preocuparnos y si en ese momento preciso calzamos nuestro veraniego calzado, pues hemos conducido con chanclas y seguramente nos haya venido a la cabeza un pensamiento, que nos pueden multar por conducir con chanclas.
¿Nos pueden multar por conducir con chanclas?
Y es verdad que puede pasarnos, nos pueden multar, pero no por el hecho de llevar chanclas al volante, sino por el hecho de conducir con un calzado que no es el adecuado ya que este tipo de calzado no cuenta con las características ni con la seguridad necesaria para realizar una conducción segura. Y puede llevar a tediosos trámites de tráfico. Pero veamos cuáles son esos motivos o razones.
Este tipo de calzado influye notablemente en la conducción pues no es un calzado que sujete bien el pie, se puede soltar, se puede enganchar en los pedales, puede resbalar pues son calzados que pueden hacer que sude la planta del pie, en definitiva, cualquiera de estas circunstancias, ante una frenada de emergencia, producirían sin lugar a duda, una más que notable pérdida del control de nuestro vehículo.
Imaginemos la situación en la que por ejemplo se nos resbale y se nos suelte o se nos salga nuestra chancla, esto influye primero en una más que posible distracción, consecuencia que tardamos más en poder pisar el freno, por tanto, el tiempo de reacción y la distancia de frenado aumentan, impide igualmente ejercer una presión correcta sobre el pedal de freno, en definitiva, pequeños detalles que hacen el que nos pensemos seriamente el conducir nuestro vehículo con este tipo de calzado y recordatorio, nos pueden multar porque nuestro calzado no es seguro.
¿Qué tipo de calzado esta prohibido para conducir?
A continuación, te traemos una lista con los tres tipos de zapatos que están prohibidos por la DGT a la hora de conducir.
- Tacones
Es el primer zapato que esta prohibido a la hora de conducir, las mujeres controlan perfectamente este tipo de calzado pero a la hora de pisar los pedales, no conseguir tener el mejor apoyo del pie ya que sólo utilizamos la parte delantera del pie. Y por supuesto, el tacón, es muy peligroso ya que se puede quedar atascado en cada uno de los espacios de los pedales.
- Descalzo
Obviamente no podemos conducir sin ningún tipo de calzado, esto suele ocurrir especialmente en verano cuando estamos en la piscina o en la playa y tenemos que coger el coche en un período corto de tiempo. Aun así, debes de calzarte aunque sea para un trayecto de 5 minutos.
- Botas de seguridad
Si, estas leyendo bien, aunque parezca mentira, el calzado de seguridad esta totalmente prohibido, ¿y por qué? Básicamente porque no tenemos la máxima movilidad y por ello la sensibilidad, por ello no podremos utilizar los pedales de forma correcta y con ello tener más posibilidades de tener un accidente.
¿Cuál es el mejor zapato para conducir?
A la hora de conducir, debemos escoger un zapato cómodo y que tenga buena sujeción para que podamos estar seguros a la hora de pisar cada uno de los pedales del automóvil. Por ejemplo, sería recomendable unas deportivas cómodas que sujeten bien nuestro pie y no nos hagan daño.
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